TRABAJO
Deber y derecho social (Art 35 )
Trabajar con eficiencia (Art 97 N- .6 constituciòn
No ser ocioso, no mentir, no robar (Art 97 N – 20 const)
Ejercer la profesión u oficio con ética (Art 97 N – 18 const )
Funciòn publica – servicio a la colectividad – rendimiento Art 97 N – 13 )
Libertad de trabajo (Art 23 N – 13 )
No trabajo gratuito no forzado
Gozo de la protección del Estado.
Trabajo domestico : laboral productivo debe ser recompensada
Trabajo femenino remunerado debe ser propiciado
Protecciòn especial al trabajo de niños y adolecentes (Art 50 N -2)
Dìscapacitados se preocupa su inserción laboral (Art 53 )
Fin de la educación : prepara para el trabajo producir conocimientos.