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TRABAJO


Deber y derecho social                           (Art  35 )
Trabajar con eficiencia                           (Art  97  N- .6 constituciòn
No ser ocioso, no mentir, no robar     (Art  97 N – 20 const)
Ejercer la profesión u oficio con ética    (Art 97 N – 18 const )
Funciòn publica – servicio a la colectividad – rendimiento        Art  97 N – 13 )
Libertad de trabajo               (Art  23 N – 13 )
No trabajo gratuito no forzado     
Gozo de la protección del Estado.
Trabajo domestico : laboral productivo debe ser recompensada
Trabajo femenino remunerado debe  ser propiciado
Protecciòn especial al trabajo de niños y adolecentes      (Art 50 N -2)
Dìscapacitados se preocupa su inserción laboral    (Art 53 )
Fin de la educación : prepara para el trabajo producir conocimientos.

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